«Acabo de matar a una amiga»: el caso que reabre el debate de la inimputabilidad de menores de 14 años
Eran alrededor de las ocho de la tarde del pasado jueves 9 de septiembre. Llega una llamada al 112 de Galicia. «Acabo de matar a mi amiga«, dice un menor de 13 años que había agredido a una compañera de colegio. Le golpeó con una barra de hierro y, posteriormente, la menor cayó por el balcón de un segundo piso. Todo, porque «quería saber qué se sentía» matando a alguien. Ahora el joven está ingresado en la Unidad de Psiquiatría del hospital universitario de Ourense y la Fiscalía de Menores ha incoado su expediente, pero sobre él no caerá ninguna responsabilidad penal al ser menor de 14 años. Si fuera mayor de esa edad, podría ser juzgado por un delito de homicidio en grado de tentativa, penado con tres años y seis meses de cárcel.
«El debate sobre dónde colocar la responsabilidad penal de los menores siempre está, es tan antiguo como las propias normas», explica Sergio Cámara, profesor de Derecho Penal y Criminología de la UNED y autor de varias publicaciones sobre la criminalidad en menores. Vicente Peláez, letrado y coordinador del Servicio de Orientación Jurídica de Menores del Colegio de Abogados de Madrid coincide con él, recordando otros casos similares que llevaron a la opinión pública a debatir sobre la edad en la que un ser humano debe estar bajo el yugo penal. Cita, en conversación con 20Minutos, el caso del niño de 13 años que, en 2015, mató a un profesor de su escuela e hirió a otros cuatro alumnos con una ballesta. En 2017, un menor de 13 (acompañado de uno de 16) asaltó a un hombre que terminó falleciendo tras caer por una patada. «No son mucho en número, pero son más llamativos», considera.
Cámara expone que también se reabre el debate cuando actúan bandas criminales que reclutan a menores de estas edades a sabiendas de que son inimputables y les obligan a delinquir. Pero no solo. Según un documento del Instituto de la Juventud (INJUVE), en 2018 «instancias internacionales» pidieron rebajar la edad mínima a los 12 años, como estaba previsto en la ley de 1992. Antes, en la de 1985, era de 10 años. Con todo, es un planteamiento que el Ministerio de Justicia, según exponen fuentes del departamento que dirige Pilar Llop, no tiene previsto estudiar. «No es que lo descartemos, pero desde luego no es nuestra prioridad y no está encima de la mesa actualmente», sostiene una portavoz de Justicia.
Cuando se acometió la última revisión «había muy pocos supuestos» de delitos cometidos por menores de entre 12 y 14, argumenta Peláez, que expone que entonces se apostó definitivamente por abordar estos delitos no desde el castigo penal, sino desde otros ámbitos, como la educación y la reinserción social. Estos términos son los que se expresan en la propia ley. «Las infracciones cometidas por los niños menores de esta edad son en general irrelevantes y, en los escasos supuestos que pueden producir alarma social, son suficientes para darles una respuesta igualmente adecuada los ámbitos familiar y asistencial civil, sin necesidad de la intervención del aparato judicial sancionador del Estado», se expone en el articulado.
Cámara da un argumento más, basado en un artículo del Código Penal: el que marca los 16 años como edad mínima para el consentimiento sexual, una reforma que se llevó a cabo en 2015 (antes era de 13 años). «Si se entiende que un menor no es suficientemente maduro como para mantener relaciones hasta los 16, tampoco podemos exigirle una mayor madurez para responder penalmente a los 13», argumenta el profesor universitario. También expone que, por la «psicología del desarrollo», a los 12 años los menores «pueden comprender la norma«, pero no de la misma forma que lo puede hacer un adulto.
En este punto, señala la importancia de la educación, pues cree que esos menores no van a valorar el riesgo al no tener nada que perder. Según él, se juntan varios factores «clave» para que delincan: la «necesidad de pertenecer a un grupo» y la ausencia de lazos respecto a los adultos, pues «no tienen trabajo ni están casados: no tienen nada que perder». «Por eso, el punitivismo de por sí no solucionaría nada que no solucione la educación», opina.
Ambos juristas también mencionan que los delitos que se cometen a esas edades son «irrisorios». Al ser inimputables, no hay datos registrados en el Instituto de Estadística (INE), pero sí los hay de los menores de entre 14 y 18 años. Mientras que el pasado año hubo 221.437 condenatorias a adultos, a menores el número rondó las 20.000. De todas esas condenas, solo 3.214 fueron a adolescentes de 14 años, pues la delincuencia va aumentando conforme el menor va creciendo. «Esa delincuencia no es ni grave ni peligrosa», sentencia Cámara.
Quien se mostró contrario a que la edad penal se situase en 13 y no en 14 años fue el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol. En una entrevista dada hace años a El País, propuso reducir la edad penal. Como argumento, decía que la «experiencia» aseguraba que «un chaval infractor cuanto antes pase por un centro educativo con un control judicial tendrá más posibilidades de rehabilitarse».
Además, citó un estudio del Comité Económico y Social del Parlamento Europeo que avalaba que Europa se encaminase hacia una edad penal similar. No obstante, en la actualidad la media europea es de 14 años. En Italia y Alemania la edad es similar a España, aunque varía en otros países: en Francia sí optaron por los 13 mientras que en Suecia lo aumentaron a los 15.
Los familiares de la víctima del caso conocido esta semana también creen que es necesario reformar la legislación para acabar con el «vacío legal» que, a su juicio, permite a los menores que delinquen «quedan impunes», y han iniciado una recogida de firmas para sumar apoyos a la causa.
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